Ampliación de los ERTES hasta le 31 de enero de 2021

ERTE LABORAL

Javier Espuña y Carmen Única han visitado el estudio de Somos Litera Radio para hablar sobre la situación en la que quedan los ERTES en España, después de la última ampliación decretada por el Gobierno central.

Os dejamos el enlace para que podáis escuchar la entrevista:

https://www.somosliteraradio.com/ampliacion-de-los-ertes-hasta-le-31-de-enero-de-2021/

Carmen Única

P: Desde TAGSE  sois observadores de primera línea de la situación de las empresas durante esta pandemia, ¿Qué percepción tenéis de la situación actual de las empresas?

R:

Sí, como asesoría nos ha tocado vivir de cerca la complicada situación, no sólo de empresas, sino también de autónomos y trabajadores.

En este momento en plena “segunda ola” y con las medidas de restricciones y limitaciones de algunas actividades está volviendo a haber un incremento de solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo por parte de las empresas y un aumento de consultas de 

autónomos sobre las prestaciones a las que se puedan acoger.

Por otro lado, hemos notado un aumento muy considerable de bajas médicas que están suponiendo problemas de absentismo en las empresas y para realizar la actividad en algunos casos.

P: ¿ Es cierto que ha habido ayudas a esos colectivos, al final las empresas/autónomos han recibido ese apoyo desde la administración?

R:

Sí, se ha legislado mucha normativa en estos meses, gran parte de ella pensada para reducir los efectos de la pandemia.

Por ejemplo, las empresas han podido utilizar la herramienta de los ERTES para mantener a los trabajadores, se han tramitado numerosos expedientes. En cuanto a los autónomos en los casos en los que tenían un descenso muy acusado de ingresos o el cese de su actividad se han podido acoger a prestaciones.

P: ¿Solucionan los ERTES la problemática de estas empresas?

R:

No es una solución al 100% pero ayuda a las empresas a mantener a los trabajadores reduciendo costes.

P: ¿Por qué? ¿qué costes reducen?

R:

Porque se ahorran los salarios y dependiendo del tipo de actividad y ERTE, tienen exonerada la seguridad social, en algunos casos hasta el 100%.

Por ejemplo, un restaurante con terraza que tiene limitado el aforo de la misma al 50%, si plantea un ERTE por tener limitada su actividad puede tener una exoneración progresiva, desde el 100% hasta el 80%, aplicable desde octubre 2.020 hasta enero 2021, o un gimnasio que en este momento es una de las actividades que tienen un impedimento legal para funcionar, si plantean un ERTE pueden tener un 100% de bonificación en la cuota de seguridad social.

P: Has nombrado antes las bajas médicas por Covid, ¿qué cobra un trabajador de baja médica por esta causa?

R:

Esta es una gran diferencia con cualquier otro tipo de baja médica, si el diagnóstico es de Covid-19, aunque sea por enfermedad o por confinamiento preventivo, el trabajador cobra como si fuese un accidente de trabajo.

P: Y esta consideración ¿Qué diferencia le supone para el trabajador o la empresa?

R:

El trabajador cobra una prestación más alta y desde el primer día de la baja y la empresa anticipa el importe de esa prestación pero después lo recupera, descontando esa cantidad de los seguros sociales del mes que corresponda.

Una última consideración que hice a petición del locutor: Los trabajadores que durante este año han percibido prestación de desempleo por ERTE y que, en condiciones normales, también han percibido salario de la empresa, para el año siguiente han de mirar la renta si o si, puesto que en la mayoría de los casos estarán obligados a realizarla. Y tendrían que hacer una previsión antes de final de año puesto que las prestaciones del paro no llevan retención, por lo que la renta saldrá a pagar.

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