En BOA de 07/08/2020 se han establecido dos líneas de subvención:
1. PRIME – CUENTA AJENA
Objetivo: Fomentar la Contratación indefinida o la contratación temporal o duración
determinada de al menos 24 meses de duración determinada.
Requisitos:
– Contratación a jornada completa
– Que la contratación suponga incremento neto de la plantilla del centro de trabajo
respecto a los 30 días anteriores a la contratación
– La remuneración bruta no podrá ser inferior a las cuantías resultantes de multiplicar
el SMI anual x entre 1,2 y 1,6 dependiendo del grupo de cotización del trabajador.
Colectivos subvencionables:
– De larga duración (12 meses desempleado e inscrito como demandante de empleo)
– Mayores de 52 años (desempleado e inscrito al menos el día anterior a la
contratación )
– Que hubiesen perdido su empleo anterior en el marco de la crisis de la COVID-19
(desempleados e inscritos que hayan perdido su empleo a partir del 14 de marzo de
2020)
– Desempleados en general
Cuantía de la subvención: Dependiendo de la modalidad de contratación y del colectivo al
que pertenezca el trabajador y grupo de cotización de seguridad social tendrá un importe
mínimo de 3.990 euros hasta un máximo de 10.000 euros ( incluido importe adicional 5%
por ser mujer o que el centro de trabajo esté ubicado en municipio de menos de 5.000
habitantes y 25% en caso de mujer víctima de violencia de género ).
Obligaciones: Entre otras mantener al trabajador durante un mínimo de 2 años en el mismo
grupo de cotización y a jornada completa.
1. PRIME – AUTÓNOMOS
Objetivo: Favorecer una segunda oportunidad para personas que hubiesen cesado con
carácter definitivo en su actividad como trabajadores autónomos y que se establezcan
nuevamente por cuenta propia.
Requisitos:
– Haber ejercido anteriormente una actividad como profesional autónomo por cuenta propia y haber cesado con carácter definitivo en la misma.
– Permanecer desempleado e inscrito como demandante de empleo, al menos, desde
el día inmediatamente anterior al alta.
Cuantía de la subvención: Dependiendo de si el cese ha sido posterior o anterior al 14 de
marzo de 2020, la subvención será entre 3.400 euros y 4.533,00 euros. (incrementos
adicionales 10% en caso de ser mujer y 10% en caso de domicilio fiscal o actividad en
municipio de menos de 5.000 habitantes).
Obligaciones: Entre otras mantener al trabajador en la misma jornada y grupo de cotización
durante un mínimo de 2 años. Mantener la plantilla media de alta en la empresa durante al
menos seis meses posteriores a la contratación.
Ambas líneas serán subvencionadas cuando las contrataciones o las altas en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos se efectúen entre la entrada en vigor de esta Orden y
el 31 de octubre de 2.020.
2 comentarios en «CIRCULAR SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y DE CALIDAD Y DEL EMPLEO AUTÓNOMO ( PROGRAMA PARA LA RECUPERACIÓN Y EL IMPULSO DEL EMPLEO EN ARAGON ( PRIME)»
Merely wanna remark that you have a very nice web site, I like the style and design it actually stands out.
hello there and thank you for your info – I have certainly picked up anything new from right here. I did however experience a few technical issues the usage of this site, since I experienced to reload the web site many occasions prior to I may just get it to load properly. I were thinking about if your web hosting is OK? Now not that I’m complaining, however slow loading cases instances will sometimes affect your placement in google and can damage your quality score if advertising and ***********|advertising|advertising|advertising and *********** with Adwords. Anyway I’m including this RSS to my e-mail and can glance out for a lot extra of your respective intriguing content. Ensure that you update this once more soon..