Modificaciones de los pagos fraccionados en el Impuestos de Sociedades

El 30 de septiembre se ha publicado en el BOE un Real Decreto-Ley que introduce modificaciones en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Las medidas afectan solo a grandes empresas, por lo que las  Pymes continuarán realizando los pagos fraccionados como hasta la fecha.

Las modificaciones aprobadas son las siguientes:

  • Se establece un pago fraccionado mínimo del 23% del resultado contable positivo para empresas que facturen más de diez millones de euros, pago que será del 25% para las entidades de crédito y las que se dediquen a la explotación de yacimientos de hidrocarburos.
  • Se modifica el porcentaje aplicable para el cálculo del pago fraccionado que será el resultado de multiplicar por diecinueve veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso. De esta forma, se aplicará el 24% de la base imponible en vez del 17% actual.

 

El pago a realizar finalmente será el mayor de los dos cálculos anteriores.

Esta medida se aplicará de forma inmediata y con vigencia indefinida con el objetivo de garantizar la senda de reducción del déficit público comprometida con la Unión Europea. Por tanto afecta ya al próximo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades a realizar antes del 20 de octubre de 2016.

 

 

 

 

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